Contratación de servicios de Asistencia para la Gestión Tributaria en Vía Ejecutiva
El presente Acuerdo Marco entra en vigor desde el pasado desde el 21 de octubre de 2021, con una duración inicial de 2 años prorrogable anualmente hasta los 4 años. Actualmente se encuentra prorrogado hasta el 21 de octubre de 2025.
El período de vigencia del Acuerdo marco delimita el plazo durante el que podrán adjudicarse los Contratos basados en el mismo, aunque la duración de los contratos basados es independiente de la del acuerdo marco (artículo 219.3 de la LCSP), con las limitaciones previstas en el PCAP que rigió la licitación.
Este servicio tiene por objeto mejorar la eficiencia de las Entidades Locales Asociadas en la recaudación ejecutiva de sus recursos de derecho público, conforme vayan decayendo los períodos voluntarios de pago por no ser atendidos por los contribuyentes obligados, así como potenciar la recaudación ejecutiva de la deuda municipal pendiente de cobro.
La retribución del Contratista vendrá fijada por la aplicación de un porcentaje sobre los importes de los expedientes tributarios efectivamente recaudados, cuya gestión de cobro le haya sido encomendada por esta Entidad Local.
Puede consultar más información sobre la oferta presentada y el procedimiento para la gestión del contrato basado, en el documento motivos y trámites para la contratación (ver apartado de documentos) o contactar con nosotros a través de centraldecontratacion@femp.es.